Sobre la opacidad referencial y la ambigüedad de dicto/de re en el Derecho

Autores/as

  • Joaquín Rodríguez-Toubes Muñiz

DOI:

https://doi.org/10.14198/DOXA2017.40.06

Palabras clave:

Interpretación jurídica, Opacidad referencial, Ambigüedad

Resumen

Los contextos lingüísticos llamados opacos ocultan la referencia de los grupos nominales y pueden causar ambigüedad, que al manifestarse en las leyes adquiere relevancia jurídica. La opacidad referencial se comprueba en enunciados que cambian su valor de verdad cuando se sustituye un nombre por otro con la misma extensión. En tales situaciones la intensión cobra protagonismo, y por ello formular enunciados jurídicos en contextos opacos hace más visible e inteligible la atribución intensional característica del derecho. Por otra parte, la opacidad referencial suscita un tipo especial de ambigüedad, de raíz pragmática y estructura lógica, en la que un mismo grupo nominal admite una lectura inespecífica o de dicto (según lo dicho) y otra específica o de re (según la cosa). Varios ejemplos tomados del Código Penal español muestran la importancia de percibir esta ambigüedad.

Financiación

Este trabajo se integra en el proyecto de investigación DER2016-74898-C2-2-R financiado por el MINECO y FEDER.

Citas

Abelardo, ed. 1958: «Glosse Super Periermenias, capp. XII-XIV», en L. Minio-Paluello, Twelfth Century Logic. Texts and Studies. II. Abaelardiana Inedita: 1. Super Periermenenias XII-XIV. 2. Sententie Secudum M. Petrum, Roma: Edizione di Storia e Letteratura, 13-14.

Álvarez García (dir.), 2010: Derecho penal español. Parte especial, vols. I y II, Valencia: Tirant lo Blanch.

Anderson, 2014: «Misreading Like a Lawyer. Cognitive Bias in Statutory Interpretation», Harvard Law Review, 127: 6, 1521-1592.

Aristóteles, ed. 1982: Tratados de Lógica, trad. de M. Candel Sanmartín, Madrid: Gredos.

Frege, 1892/2005: «Über Sinn und Bedeutung», Zeitschrift für Philosophie und philosophische

Kritik, 100, 25-50. Se cita por la trad. esp. de U. Moulines: «Sobre sentido y referencia», repr. en L. M. Valdés Villanueva (ed.), La búsqueda del significado, Madrid: Tecnos, 2005 (4.ª ed.), 29-49.

García Suárez, 1997: Modos de significar. Una introducción temática a la filosofía del lenguaje, Madrid: Tecnos (hay 2.ª ed. 2011).

Gutiérrez Ordóñez, 1995: «Referencia y pronominalización “de dicto”», LEA (Lingüística española actual), 17: 1, 49-68.

Iturralde, 2011: Interpretación literal y significado convencional. Una reflexión sobre los límites de la interpretación jurídica, Madrid: Marcial Pons.

Kahneman y Tversky, 1974: «Judgement under Uncertainty: Heuristics and Biases», Science, 185, núm. 4157, 1124-1131. Hay trad. esp. de J. Chamorro: «El juicio bajo incertidumbre:

Heurísticas y sesgos», en D. Kahneman, Pensar rápido, pensar despacio, Madrid: Debate, 2012 (apéndice).

Kelsen, 1960-1991: Reine Rechtslehre, Viena: Franz Deuticke, 1960 (2.ª ed.). Se cita por la trad. esp. de R. Vernengo: Teoría Pura del Derecho, México: Porrúa-UNAM, 1991.

Kneale, 1960: «Modality De Dicto and De Re», en E. Nagel, P. Suppes y A. Tarski, Logic, Methodology and Philosophy of Science, Stanford: Stanford University Press, 622-633.

Lamarque (ed.), 1997: Concise Encyclopedia of Philosophy of Language, Oxford: Pergamon.

Pinzani, 2003: The Logical Grammar of Abelard, Dordrecht: Kluwer.

Queralt Jiménez, 2015: Derecho penal español. Parte especial, 7.ª ed., Valencia: Tirant lo Blanch.

Quine, 1956: «Quantifiers and Propositional Attitudes», Journal of Philosophy, 53: 5, 177-187. Hay trad. esp. de L. M. Valdés: «Cuantificadores y actitudes proposicionales», en L. M. Valdés Villanueva (comp.), La búsqueda del significado, Madrid: Tecnos, 1999 (4.ª ed.), 171-182.

Quine, 1960: Word and Object, Cambridge (Mass.): MIT Press, 1960. Hay trad. esp. de M. Sacristán: Palabra y objeto, Barcelona: Labor, 1968.

Quine, 1961: From a Logical Point of View, 2.ª ed., Cambridge (Mass.): Harvard University Press (1.ª ed. 1953). Se cita por la reimpr. de New York: Harper & Row, 1963. Hay trad. esp. de M. Sacristán: Desde un punto de vista lógico, Barcelona: Ariel, 1962; reed. en Barcelona: Paidós, 2002.

Quintero Olivares (dir.), 2004: Comentarios a la Parte Especial del Derecho Penal, Madrid: Thomson-Aranzadi.

Quintero Olivares (dir.), 2011: Comentarios al Código Penal Español, 2 vols., Madrid: Aranzadi/Thomson Reuters, 6.ª ed. (primera con este título).

Leibniz, ed. 1890: «Specimen Calculi universalis», en Die philosophische Schriften (ed. C. I. Gerhardt), vol. VII, Berlin: Weidmann.

Real Academia Española, 2009: Nueva gramática de la lengua española, 2 vols. (I: Morfología. Sintaxis I; II: Sintaxis II), Madrid: Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española/Espasa.

Russell, 1905: «On Denoting», Mind, 14: 56, 489-493.

Whitehead y Russell, 1927: Principia Mathematica, 2.ª ed., vol. I, Cambridge: Cambridge University Press (1.ª ed. 1910); reimpr. de 1963.

Yaffe, 2011: «De Dicto and De Re Intention in Attempted Crimes», en A. Marmor y S. Soames (eds.), Oxford: Oxford University Press, 184-216.

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Publicado

26-09-2017

Cómo citar

Rodríguez-Toubes Muñiz, J. (2017). Sobre la opacidad referencial y la ambigüedad de dicto/de re en el Derecho. Doxa. Cuadernos De Filosofía Del Derecho, (40), 147–171. https://doi.org/10.14198/DOXA2017.40.06

Número

Sección

Artículos