Derecho y jurisdicción. Una respuesta política al problema del particularismo jurídico
Resumen
Palabras clave
Referencias
Alchourrón, C. E., 2010: Fundamentos para una Teoría General de los Deberes, en J. J. Moreso y J. L. Rodríguez (eds.), Madrid: Marcial Pons.
Alchourrón, C. E., y Bulygin, E., 1971: Normative Systems, Viena: Springer.
Arena, F. J., 2014: El convencionalismo jurídico. Un recorrido analítico, Madrid: Marcial Pons.
Bayón, J. C., 2002: «Derecho, convencionalismo y controversia», en P. E. Navarro y M. C. Redondo (eds.), La relevancia en el Derecho. Ensayos de filosofía jurídica, moral y política, Barcelona: Gedisa, 79-81.
Bayón, J. C., 2003: «Derrotabilidad, indeterminación del Derecho y positivismo jurídico», en P. Gaido, R. Sánchez Brígido y H. Omar Seleme (eds.), Relevancia normativa en la justificación de las decisiones judiciales. El debate Bayón-Rodríguez sobre la derrotabilidad de las normas jurídicas, Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 157-208.
Bouvier, H. G., 2012: Particularismo y Derecho. Un abordaje pospositivista en el ámbito práctico, Madrid: Marcial Pons.
Celano, B., 2009a: «“Defeasibility” y ponderación. Sobre la posibilidad de revisiones estables», Derecho, justicia, razones. Ensayos 2000-2007. Trad. de A. Greppi y F. J. Laporta, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 235-253.
Celano, B., 2009b: «Derechos fundamentales y poderes de determinación en el Estado constitucional de Derecho», Derecho, justicia, razones. Ensayos 2000-2007. Trad. de A. Greppi y F. J. Laporta, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 281-298.
Dworkin, R., 1986: Law’s Empire, Cambridge, Massachusetts: Harvard University Press.
Hart, H. L. A., 1983: «Jhering’s Heaven of Concepts and Modern Analytical Jurisprudence», Essays in Jurisprudence and Philosophy, Oxford: Clarendon Press.
Hart, H. L. A., 2012: The Concept of Law, 3.ª ed., Oxford: Oxford University Press.
Kelsen, H., 1967: Pure Theory of Law. Trad. de M. Knight, Berkeley: University of California Press.
Little, M. O., 2000: «Moral Generalities Revisited», en B. Hooker y M. O. Little (eds.), Moral Particularism, Oxford: Clarendon Press: 276-311.
Marmor, A., 2009: Social Conventions. From Language to Law, Princeton: Princeton University Press.
Moreso, J. J., 2009a: «Conflictos entre principios constitucionales», La Constitución: modelo para armar, Madrid: Marcial Pons, 267-284.
Moreso, J. J., 2009b: «Sobre revisiones estables, casos paradigmáticos e ideales regulativos», La Constitución: modelo para armar, Madrid: Marcial Pons, 285-291.
Navarro, P., y Rodríguez, J., 2000: «Derrotabilidad y sistematización de normas jurídicas», Isonomía, 13: 61-85.
Nozick, R., 1981: Philosophical Explanations, Cambridge, Massachusetts: Belknap Press.
Pettit, P., 1990: «The Reality of Rule-Following», Mind, 99 (393): 1-21.
Rodríguez, J. L., 2000: «Axiological Gaps and Normative Relevance», ARSP, 86 (2): 151-167.
Rodríguez, J. L., 2006: «La tensión entre dos concepciones de los sistemas jurídicos. Estudio en Homenaje a Carlos Eduardo Alchourrón», Análisis Filosófico, 26 (2): 242-276.
Rodríguez, J. L., y Sucar, G., 2003: «Las trampas de la derrotabilidad. Niveles de análisis de la indeterminación del Derecho», en P. Gaido, R. Sánchez Brígido y H. Omar Seleme (eds.), Relevancia normativa en la justificación de las decisiones judiciales. El debate BayónRodríguez sobre la derrotabilidad de las normas jurídicas, Bogotá: Universidad Externado de Colombia, 103-155.
Schauer, F., 1991: Playing by the Rules. A Philosophical Examination of Rule-Based DecisionMaking in Law and in Life, Oxford: Clarendon Press.
Schmitt, C., 1985: Political Theology. Four Chapters on the Concept of Sovereignty. Trad. De George Schwab, Chicago: University of Chicago Press.
Schauer, F., 2004: On the Three Tyes of Juristic Thought. Trad. de Joseph W. Bendersky, Westport: Praeger.
Sunstein, C. R., 1995: «Problems with Rules», California Law Review, 83 (4): 953-1026.
DOI: https://doi.org/10.14198/DOXA2019.42.07
Copyright (c) 2019 Pedro A. Caminos

Este obra está bajo una licencia de Creative Commons Reconocimiento 4.0 Internacional.