El No Positivismo Incluyente

Autores/as

  • Robert Alexy

DOI:

https://doi.org/10.14198/DOXA2013.36.01

Palabras clave:

Positivismo, No-positivismo, No-positivismo incluyente, Tesis de la corrección, Fórmula de Radbruch

Resumen

Partiendo de la distinción entre las dos formas de positivismo y las tres de no-positivismo, sostengo que sólo uno de estos cinco conceptos de derecho es defendible: el no-positivismo incluyente. En el centro de mi argumentación está la tesis de la corrección, la cual establece que el derecho necesariamente formula una pretensión de corrección. Esta tesis implica a su vez la tesis de la naturaleza dual, según la cual el derecho comprende tanto una dimensión real o autoritativa como una dimensión ideal o crítica. La idea de la naturaleza dual del derecho es el fundamento de la fórmula de Radbruch. Ésta señala, en su formulación más simple, que la injusticia extrema no es derecho.

Estadísticas

Estadísticas en RUA

Publicado

15-11-2013

Cómo citar

Alexy, R. (2013). El No Positivismo Incluyente. DOXA. Cuadernos De Filosofía Del Derecho, (36), 15–23. https://doi.org/10.14198/DOXA2013.36.01

Número

Sección

Artículos