Políticas éticas de publicación

Ética de las publicaciones

DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho ha contribuido a fomentar y consolidar el debate filosófico jurídico en lengua española. Desde 1984, se publica anualmente en la Universidad de Alicante. Esto significa 41 números, más de 1000 trabajos (incluidos artículos, notas y entrevistas). A través de la publicación de trabajos académicos de alta calidad, DOXA ha creado una comunidad filosófica jurídica para el mundo latino, tanto de Europa como de América. DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho es hoy una publicación permanente que da voz a las diferentes escuelas de pensamiento iusfilosófico enriqueciendo y contribuyendo, de esta manera, a la calidad de la investigación en este ámbito. Por lo tanto, los autores y lectores ven en la revista una referencia con estándares de alta calidad, así como una publicación seria donde se pueden consultar y publicar los problemas iusfilosóficos clásicos o los problemas teórico – jurídicos actualmente en debate.

DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho se adhiere a las pautas establecidas por EASE (Asociación Europea de Editores de Ciencia) con respecto a la gestión, edición, revisión y publicación de resultados científicos en revistas de diferentes áreas de especialización.

COMPROMISOS ÉTICOS

1. Lineamientos éticos

  1. Los autores se comprometen a enviar trabajos originales que no hayan sido publicados anteriormente y que no se encuentren en medio de un proceso de revisión por parte de otra revista. En caso de que alguna parte o partes del contenido del texto enviado se superponga con el contenido de otro texto ya publicado, los autores reconocerán y citarán esas fuentes y, si es necesario, obtendrán los permisos requeridos. Además, si es necesario, los autores proporcionarán al editor una copia de cualquier manuscrito enviado que pueda contener contenido superpuesto o relacionado con un artículo ya publicado. El autor también deberá declarar: cualquier posible conflicto de interés (por ejemplo, cuando el autor, debido a sus funciones, tenga un conflicto de interés en competencia (real o aparente), al considerarse que podría ejercer una influencia indebida en cualquier etapa del proceso de publicación); informar, de inmediato, al editor de la revista si identifica un error importante en su trabajo; cooperar con el editor y la editorial para publicar una fe de erratas, addendum, nota de corrección o, de considerarse necesario, retirar el trabajo.

    Del mismo modo, la presentación de un trabajo implica la aceptación por parte del autor de las reglas de esta revista para su publicación, revisión y evaluación. Por otro lado, DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho informará a los autores de los artículos, de manera oportuna, si su trabajo ha sido aceptado para su publicación; se asegurará de que las correcciones editoriales sean respetuosas con el estilo y las ideas de los autores; y dará a los autores un plazo prudente para que revisen y corrijan las pruebas finales.

    Siguiendo los mejores ejemplos de códigos estándar de buenas prácticas, las reglas de esta revista (que también se reproducirán en cada edición) son las siguientes:

  2. Los evaluadores anónimos asumen el compromiso de realizar, con base en su experiencia y conocimientos, una evaluación crítica, honesta y constructiva sobre la calidad científica del trabajo que se les ha confiado. Esta es la razón por la que cada informante aceptará evaluar un trabajo solo si se considera suficientemente competente y si no tiene conflicto de intereses. Los evaluadores deben mantener la confidencialidad de cualquier información suministrada por el editor o autor y no apropiarse o copiar el trabajo. También asumen la responsabilidad de informar al editor de cualquier texto publicado o enviado que sea sustancialmente similar al que está bajo su revisión. Finalmente, los pares ciegos deben estar atentos a cualquier posible conflicto de intereses (financiero, institucional, de colaboración o de cualquier otra índole entre el evaluador y el autor) e informar al editor sobre estos y, de ser necesario, excusarse en informar el artículo encargado.
  3. El Director, Secretarios editoriales, Editores, y Asesores se comprometen a ser imparciales y a mantener la confidencialidad de los trabajos presentados a DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho, de sus autores y de los evaluadores designados. Con el objetivo de que el principio de anonimato preserve la integridad de todo el proceso de evaluación. A tal efecto, se garantizará la selección de los evaluadores y especialistas más calificados. El mencionado equipo editorial también se compromete a evitar cualquier tipo de conflicto de intereses y cumplir estrictamente los plazos de evaluación, edición y publicación que sean consistentes con la periodicidad de la Revista.

2. Derechos de autor

Enviar un trabajo a DOXA. Cuadernos de Filosofía del Derecho implica la aceptación de los siguientes términos:

  1. Los autores se comprometen a observar las pautas éticas antes mencionadas.
  2. Los autores otorgan a DOXA el derecho a la primera publicación de sus manuscritos y la autorización para publicarlos en todos los formatos y medios disponibles para la Revista, ya sea en versión impresa o en versión electrónica.
  3. DOXA solicitará al autor la reimpresión, resumen, o traducción de su artículo, para que pueda decidir si acepta o no. En el caso de que un autor decida publicar posteriormente el contenido, total o parcial, de su trabajo en otra parte se compromete a especificar en la publicación posterior que una versión de su trabajo apareció por primera vez en DOXA.

3. Procedimientos para tratar el comportamiento no ético

  1. Identificación de comportamiento no ético
    • Cualquier persona puede identificar la conducta indebida y el comportamiento no ético e informar al editor en cualquier momento.
    • La conducta indebida y el comportamiento no ético pueden incluir, pero no deben limitarse a los ejemplos descritos anteriormente.
    • Cualquier persona que informe al editor sobre conductas no éticas debe proporcionar información y evidencia suficientes para que se inicie una investigación. Todas las acusaciones serán tomadas en serio y tratadas de la misma manera, hasta que se llegue a una decisión.
  2. Investigación
    • El editor deberá tomar la decisión inicial. De ser necesario, solicitará la opinión o consejo de la editorial.
    • Mientras se reúne la evidencia necesaria, se debe evitar la difusión de cualquier noticia sobre el hecho, más allá de aquello que deba informarse.
  3. Incumplimientos menores
    • Las conductas no éticas menores pueden ser tratadas sin necesidad de consultar más ampliamente. En cualquier caso, el autor debe tener la oportunidad de responder a cualquier acusación.
  4. Violaciones graves
    • Las violaciones éticas graves pueden ameritar la notificación sobre el hecho a los empleadores (públicos o privados) del acusado. El editor, en consulta con la editorial o con el equipo editorial, según corresponda, debe tomar la decisión de involucrar o no a los empleadores, ya sea a través de la valoración de las pruebas disponibles o mediante una consulta adicional con un número limitado de expertos.
  5. Resultados (en orden ascendente según la gravedad; se pueden aplicar por separado o en conjunto)
    • Informar o instruir al autor o evaluador cuando pueda haber un malentendido o una mala aplicación de los estándares aceptables.
    • Una amonestación por escrito al autor o evaluador sobre la conducta no ética que incluya una advertencia para conductas futuras.
    • Publicación de un aviso formal detallando la mala conducta.
    • Publicación de un editorial en el que se detalle la mala conducta.
    • Una carta formal al jefe del departamento del autor o revisor o agencia de financiamiento.
    • Retiro formal de una publicación de la revista, junto con la notificación al jefe del departamento del autor o revisor, con las costas por los servicios de resumen e indexación y de los lectores de la publicación.
    • Imposición de un embargo formal a las contribuciones académicas de un individuo por un período definido.
    • Informar el caso y el resultado a las autoridades correspondientes para las investigaciones y acciones necesarias.