La falsa dicotomía entre garantismo y activismo judicial

Autores/as

  • Diego J. Duquelsky Gómez

DOI:

https://doi.org/10.14198/DOXA2018.41.10

Palabras clave:

Activismo judicial, Garantismo constitucional, Ferrajoli, Legitimidad democrática, Derechos económicos, sociales y culturales, Teorías críticas del derecho

Resumen

El surgimiento de diversas corrientes post-positivistas, particularmente aquellas denominadas neo-constitucionalistas, han puesto en el centro de la escena iusfilosófica la supuesta tensión entre el respeto de las garantías constitucionales y el activismo judicial. El presente trabajo intenta mostrar cómo —particularmente en el ámbito de los países de América Latina— no solo se trata de una falsa dicotomía, sino que en muchos casos solo es posible garantizar la protección de los derechos fundamentales —en especial los económicos, sociales y culturales— mediante prácticas judiciales proactivas.

Citas

Abramovich, V. et al., 2002: Los derechos sociales como derechos exigibles, Madrid: Trotta.

Atienza, M., 2011: «Dos versiones del constitucionalismo», Doxa, 34: 73-88. https://doi.org/10.14198/DOXA2011.34.04

Baqué, J., 1995: «CSJN: cambio de jurisprudencia en materia de derecho individuales», No hay derecho, 12: 9-12.

Böhm, M. L., 2015: «Los crímenes de estado, la complicidad civil y el sistema punitivo», Revista En Letra. Derecho Penal, 1: 8-18.

Caramelo Díaz, G., 2015: «Activismo judicial y derechos sociales», Pensar en derecho, Buenos Aires: Eudeba, 6: 99-114.

Cárcova, C., 1996a: «Iusnaturalismo vs. Positivismo Jurídico: un debate superado», Derecho, Política y Magistratura, Buenos Aires: Biblos, 151-185.

Cárcova, C., 1996b: «Los jueces en la encrucijada: entre el decisionismo y la hermenéutica controlada», Derecho, Política y Magistratura, Buenos Aires: Biblos, 133-149.

Cárcova, C., 1996c: «La dimensión política de la función judicial», Derecho, Política y Magistratura, Buenos Aires: Biblos, 97-111.

Cárcova, C., 2001: «Notas acerca de la Teoría Crítica del Derecho», en Christian Courtis (coord.), Desde otra mirada, Buenos Aires: Eudeba.

Cárcova, C., 2009: «Hay una traducción correcta de las normas», Revista Electrónica del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio Lucas Gioja, vol. 3, 4: 33-42.

Carrió, G., 1994: Notas sobre derecho y lenguaje, 4.ª ed., Buenos Aires: Abeledo Perrot.

Costa, P., 1990: «La alternativa “tomada en serio”: manifiestos jurídicos de los años setenta», Anales de la cátedra de Francisco Suárez, 30: 161-204.

Duquelsky Gómez, D., 2000: Entre la ley y el derecho. Una aproximación a las prácticas jurídicas alternativas, Buenos Aires: Estudio.

Duquelsky Gómez, D., 2016: «Amilton Bueno de Carvalho: el personaje que encontró al autor», en S. Carvalho, D. Carvalho, G. Carvalho y R. Costa (orgs.), Para Além do Direito Alternativo e do Garantismo Jurídico: ensaios críticos em homenagem a Amilton Bueno de Carvalho, Rio de Janeiro: Lumen Juris, 405-420.

Dworkin, R., 1993: Los derechos en serio, Barcelona: Planeta-Agostini.

Etcheverry, J., 2006: El debate sobre el positivismo jurídico incluyente un estado de la cuestión, México: UNAM.

Ferrajoli, L., 1992: «El derecho como sistema de garantías», Revista Jueces para la democracia, 16-17: 61-69.

Ferrajoli, L., 1995: Derecho y Razón Teoría del Garantismo Penal, Madrid: Trotta.

Ferrajoli, L., 1999: Derechos y garantías. La ley del más débil, 3.ª ed., Madrid: Trotta.

Ferrajoli, L., 2002: «Correspondencia entre Filippi, Ferrajoli y Viera Gallo», Cuadernos de Doctrina y Jurisprudencia Penal núm. 2, Homenaje a Alessandro Baratta, Buenos Aires: Ad-hoc.

Ferrajoli, L., 2011: «Constitucionalismo principialista y constitucionalismo garantista», Doxa, 34: 15-53. https://doi.org/10.14198/DOXA2011.34.02

Lima de Arruda Jr., E., 1992: «Direito alternativo no Brasil: alguns informes e balanços preliminares», Lições de Direito Alternativo 2, San Pablo: Académica, 159-177.

López Calera, N. et al., 1978: Sobre el uso alternativo del Derecho, Valencia: Fernando Torres Editor.

Manilli, P., 2006: «El activismo (bueno y malo) en la jurisprudencia de la Corte Suprema», La Ley, 2006-D:1285.

Maraniello, P., 2012: «El activismo judicial, una herramienta de protección constitucional», Revista Pensar en Derecho, Buenos Aires: Eudeba, 1: 121-165.

Portela, M., 2013: «El poder judicial y la sociedad», Revista de filosofía del derecho Infojus, Buenos Aires, 2: 107-116.

Rodríguez, C., 1999: «Estudio preliminar», en D. Kennedy, Libertad y Restricción en la decisión judicial, Bogotá: Universidad de los Andes.

Ross, A., 1994: Sobre el derecho y la justicia, 5.ª ed., Buenos Aires: Eudeba.

Santos, B., 1999: La globalización del derecho, Bogotá: Universidad Nacional de Colombia-ILSA.

Streck, L., 2014: «Poder Judicial y Constitucionalismo Democrático: la necesidad de una teoría de la decisión judicial para preservar la autonomía del derecho», Estudios Constitucionales, año 12, 2: 29-54.

Zagrebelsky, G., 1999: El derecho dúctil, Madrid: Trotta.

Estadísticas

Estadísticas en RUA

Publicado

18-09-2018

Cómo citar

Duquelsky Gómez, D. J. (2018). La falsa dicotomía entre garantismo y activismo judicial. DOXA. Cuadernos De Filosofía Del Derecho, (41), 193–209. https://doi.org/10.14198/DOXA2018.41.10

Número

Sección

Artículos