Puntualizaciones realistas sobre la conceptuación: «redes» del derecho. Realidades, silencios y fantasías que se conjugan al postularla como «paradigma» renovador del pensamiento jurídico
DOI:
https://doi.org/10.14198/DOXA2018.41.15Palabras clave:
Fuentes de derecho, Redes jurídicas, Paradigmas, Hermenéutica, Kelsenismo, Realismo jurídicoResumen
Lo denominado redes advierte sobre un variado complejo de datos jurídico-normativos producto de décadas recientes, ajenos a la doctrina tradicional («pirámide») sobre fuentes del derecho. Sin embargo, ello no implica conmover las modalidades de argumentación discursivo-retóricas del pensamiento jurídico. Calificarlo como «cambio de paradigma» sugiere una engañadora analogía entre razonamientos de los juristas y los netos requerimientos metodológicos característicos de las teorías aceptadas en las ciencias de la naturaleza. A diferencia del realismo jurídico, igualmente así permanecen relegados tras bambalinas los ingredientes relativamente voluntaristas de los conflictos de interpretaciones (con sus estratagemas retóricas) en los tribunales y en la doctrina jurídica, como asimismo se hace abstracción de los múltiples desfases entre law in books y law in action. Eso deriva incluso en la falacia intelectualista de postular, a título de nuevo «paradigma», un hermeneuta todosapiente (Hermes) como modelo por excelencia para los profesionales del derecho.Citas
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