¿Qué es el principialismo?
DOI:
https://doi.org/10.14198/doxa.31775Palabras clave:
Principios, Reglas, Neoconstitucionalismo, Principialismo, Postpositivismo, Legalismo, IusmoralismoResumen
En este trabajo se define al principialismo como una teoría normativa que sostiene que el derecho está vinculado a valores, derechos u objetivos de gran mérito moral que afectan al modo en que han de aplicarse las normas y que promueve que los jueces decidan conforme a los principios que de ellos se siguen cuando estén convencidos de que la solución que se obtiene de las reglas no es la mejor desde el punto de vista de esos valores, derechos u objetivos que se dicen vinculados al derecho. Después de diversas precisiones respecto de la noción de principio, se propone distinguir entre diversos grados de intensidad de los planteamientos principialistas en función de que se habilite a los jueces a decidir solo conforme a principios explícitos o también implícitos a otras disposiciones, a la constitución o al derecho, de que se promuevan interpretaciones sobrias o extravagantes de esos estándares y de que se admita o no la derrotabilidad de las normas constitucionales.
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