Desobediencia civil y participación política. Algunas cuestiones abiertas que se plantean en las democracias constitucionales (y la teoría del derecho)
DOI:
https://doi.org/10.14198/DOXA2015.38.08Palabras clave:
Rawls, Modelos de democracia, Desobediencia civil, Poder constituyente, Separación de poderesResumen
En este artículo trataré de mostrar que la interpretación de la desobediencia civil como una forma de participación política que procura conservar los principios democráticos frente a instituciones legales discriminatorias o fuerzas «destituyentes» se enfrenta a algunos problemas. Para ello se presentarán dos planteamientos: el de Rawls (que sigue también Habermas) y el de los partidarios de un «proceso constituyente». Rawls propone una serie de criterios de justificación de la práctica de la desobediencia civil demasiado exigentes y no reconoce el hecho de que los destinatarios de estos actos son bastante heterogéneos. Por su parte, los partidarios de la desobediencia civil como una forma de ejercicio del poder constituyente quedan atrapados por la «heterogénesis de los fines». Rechazan el modelo liberal de separación de poderes y apoyan la introducción de algún tipo de mecanismo de control popular en el poder judicial. Pero de esta manera se reduce, o anula, la posibilidad de que los desobedientes eviten la sanción y aumenta el riesgo de que se concentre el poder en el ejecutivo.Citas
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